El derecho contencioso administrativo regula las controversias que surgen en las relaciones de las administraciones públicas con los particulares. En este orden de ideas, el derecho contencioso administrativo le permite tanto a la administración pública como a los particulares, acudir a través de los medios de control ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, con la finalidad de solicitar la anulación de un acto administrativo infractor de la Ley, la nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo que produjo un daño patrimonial a una persona afectada, la reparación directa por responsabilidad extracontractual de la administración, las controversias contractuales, las acciones populares, la acción electoral y la nulidad de las cartas de naturaleza.
Así mismo, el Estado igualmente acude a la Jurisdicción a demandar a los particulares o cualquier otro sujeto de derecho público o privado cuando quiera que se infrinja el orden legal, o se le cause un daño al patrimonio del Estado, en sus distintas actuaciones ya sean en la prestación de los servicios públicos a cargo, en la celebración o ejecución de un contrato o cuando es el particular que afecta los bienes, patrimonio e intereses públicos.
Realizamos representación judicial en los procesos contenciosos administrativos de simple nulidad, nulidad y restablecimiento del derecho de carácter laboral, tributarios, ambientales, mineros, petroleros, de servicios públicos domiciliarios, económicos; reparación directa, controversias contractuales, cartas de naturaleza y nacionalizaciones etc.
Así mismo, ejercemos representación judicial y extrajudicial en conciliaciones contencioso administrativas.